Penas privativas de otros derechos
De Conceptos JurÃdicos
Las penas privativas de otros derechos están reguladas en el artÃculo 39 del Código Penal. Este precepto dice que son penas privativas de derechos las siguientes:
- La inhabilitación absoluta.
- Las de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión, oficio, industria o comercio, u otras actividades determinadas en este Código, o de los derechos de patria potestad, tutela, guarda o curatela, derecho de sufragio pasivo o de cualquier otro derecho.
- La suspensión de empleo o cargo público.
- La privación del derecho a conducir vehÃculos a motor y ciclomotores.
- La privación del derecho a la tenencia y porte de armas.
- La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos.
- La prohibición de aproximarse a la vÃctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal.
- La prohibición de comunicarse con la vÃctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal.
- Los trabajos en beneficio de la comunidad.
- La privación de la patria potestad.
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014